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Si hace más de 3 años que colaboras con la Fundación, la desgravación se incrementa al 45% para la cantidad que exceda los 250 €.
Empresas:
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Si hace más de 3 años que tu empresa colabora con la Fundación, la desgravación aumenta hasta el 50%.
Según el Real decreto ley 6/2023, de 19 de diciembre, que regula el régimen fiscal de las entidades sin ánimo de lucro y los incentivos fiscales al mecenazgo, las personas físicas y las personas jurídicas que realicen donaciones a entidades sin ánimo de lucro podrán deducir un porcentaje de estas donaciones de la cuota íntegra del impuesto a pagar. Aun así, esta deducción está sujeta a un límite: para las personas físicas no podrá superar el 10% y para las personas jurídicas, el 15%.
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